Qué es la Ley Olimpia

UNA CAUSA, UN MOVIMIENTO

La Ley Olimpia es un movimiento político mujeres sobrevivientes de violencia digital y aliadas, que nos unimos para hablarle al mundo desde nuestros territorios, nuestras voces y nuestras historias personales. Este rumbo nos ha llevado a adoptar como base teórica el feminismo y a convertirnos en Defensoras Digitales, para que la justicia que no fue para nosotras sea para las demás.

 

Ley Olimpia representa para nosotras la reivindicación de nuestros cuerpos y nuestros nombres, que fueron expuestos y violentados en Internet. Representa la cooperación colectiva entre víctimas, sobrevivientes, defensoras de derechos humanos, feministas, amigas, compañeras, familias y cualquier actor público o privado que quiera caminar junto a nosotras para tratar de erradicar la violencia digital. Por lo tanto, es también resultado de una causa colectiva que ha ido de nuestro dolor a la resistencia, de nuestras historias a las conciencias, de las redes a las calles, de los territorios a los congresos, del corazón a las leyes… Todo lo ha hecho posible el amor, porque encontramos aquí un espacio para sanar y participar juntas con la alegría que intentaron arrebatarnos cuando nos decían que lo que hacíamos no tenía sentido porque lo virtual no era real.

 

La Ley Olimpia es un movimiento político para que las niñas y las mujeres estemos seguras también en Internet

 

LA LEGISLACIÓN EN MATERIA DE VIOLENCIA DIGITAL CONTRA LAS MUJERES

Nombramos Ley Olimpia tanto al movimiento, como a las reformas legales con perspectiva feminista en materia de violencia digital que impulsamos. Con ellas buscamos una comprensión integral del fenómeno que implica la violencia digital contra las mujeres, no sólo medidas punitivas para frenarla, ya que somos conscientes de los retos y limitaciones de los sistemas de justicia.

 

El ideal de las regulaciones en materia de violencia digital de género contra las mujeres tendría que incluir claridad de las particularidades del entorno digital, de las conductas violentas que en él se cometen, su peligrosidad, responsabilidades para el sector privado de empresas de plataformas digitales y estrategias integrales en las que cada dependencia del gobierno asuma y ejecute, en el marco de sus responsabilidades, acciones en el sentido de prevenirla, atenderla, sancionarla, buscar reparación del daño y se enfoquen esfuerzos para erradicarla.

 

Sin embargo, de forma prioritaria se impulsan dos acciones a nivel legal:

  • Lo que no se nombra, no existe. Es fundamental comenzar por darle nombre y definición a esta violencia en las leyes, ya que el reconocimiento por parte de los Estados de la existencia de la violencia digital como una modalidad de violencia que se ejerce desproporcionadamente más contra las mujeres por razón de género, implica que asuma responsabilidades para establecer medidas de precautorias o cautelares ante casos de violencia digital, invertir recursos para crear políticas públicas de prevención y atención integral, capacitar al funcionariado público sobre lo que es esta violencia, lo que implica y cómo abordarla, así como generar mecanismos para medir la problemática, entre otras acciones.

 

  • Responsabilizar a los agresores. La tipificación como delitos de las conductas cometidas total o parcialmente a través de plataformas, espacios y medios digitales, que vulneran y ponen en riesgo la dignidad, integridad, seguridad y el bienestar de las mujeres. Tal es el caso de la violencia sexual digital, que tiene manifestaciones como la difusión y la producción de contenidos íntimos sexuales sin consentimiento, sean estos reales, simulados o alterados; entre muchas otras manifestaciones.

 

La lucha no solo es por una reforma sino por cambiar de raíz esta violencia digital. Hicimos juntas desde la voz de las víctimas una LEY MODELO: La ley Olimpia.

 

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